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  27/05/2019

Se abre una grieta judicial en la App Store

Han tenido que pasar ocho años hasta que el Tribunal Supremo de Estados Unidos (coloquialmente, SCOTUS) diera luz verde para que sea juzgada una demanda antimonopolio contra Apple en relación con su tienda de aplicaciones. Larga ha sido la paciencia de los litigantes, un tal Robert Pepper y otros tres usuarios de iPhone que, en 2011, denunciaron a la compañía con el argumento de que la exclusividad exigida a los desarrolladores impedía la existencia de un sistema alternativo. La sentencia reabre el cuestionamiento de un  boyante negocio que Apple ha construido en base a las aplicaciones de los que se nutre una base instalada de 1.400 millones de dispositivos IoS activos en todo el mundo.

Tim Cook

Los demandantes esgrimen que Apple cobra una comisión del 30% del precio de cada aplicación adquirida a través de su tienda, y hace lo propio con las suscripciones contratadas mediante aplicaciones bajo IoS (aunque la rebaja en este caso al 15% después del primer año). Asimismo, objetan como engañosa la obligación a los desarrolladores de poner un precio que acabe en 99 céntimos.

La demanda Pepper v. Apple no prosperó en su día debido a una jurisprudencia que se remonta a 1977. Los abogados de Apple rescataron el precedente del juicio entre el gobierno de Illinois y una empresa ladrillera. En origen, el estado se quejaba de tener que pagar un coste excesivo por una obra, debido a que el proveedor abusaba de su posición como parte de una cadena de contratistas que encarecía los precios hasta llegar al cliente final. Aunque el ejemplo parezca forzado, Apple lo trajo a colación porque el juez desestimó la denuncia al considerar que sólo los clientes directos de un producto podían interponer una demanda antimonopolio.

Sobre esa base argumental, Apple se ha defendido durante años sosteniendo que su papel es el de mero intermediario entre los desarrolladores y los usuarios finales, por lo que no podría ser sujeto de una demanda pese a controlar la llave de la App Store.

SCOTUS ha dado la razón a los demandantes. El juez Brett Kavanaugh, ponente de la sentencia, expone claramente que Apple no es un intermediario sino que los consumidores le compran directamente las aplicaciones de su tienda. En su ponencia, transcribe las dos posiciones: “los demandantes alegan que como propietarios de un iPhone se enfrentan a un bloque que les obliga a comprar exclusivamente sus aplicaciones a Apple y pagarle un 30% de comisión, aunque quisieran comprarlas en otra parte o pagar menos por ellas”.

La respuesta de Apple – resumida por Kavanaugh – dice que su plataforma necesita ser cerrada como protección contra el malware, y que los usuarios siempre tienen la opción de cambiarla por otra plataforma, como Android, y comprar sus apps en la Play Store de Google. El problema que presenta este argumento es que ese cambio de plataforma es obstaculizado por la incompatibilidad de su sistema operativo.

Juristas especializados han declarado en la prensa estadounidense que el caso Pepper v. Apple ha pinchado en un nervio sensible de las políticas antitrust: ¿puede obligarse a una compañía a diseñar sus productos para que sean interoperables, con el objetivo de dar más robustez al mercado?

No ha sido esta la única denuncia contra la compañía de la manzana ni probablemente sea la última. En un episodio reciente, Spotify interpuso una queja ante la Comisión Europea acusándola de abusar de su control sobre la App Store para favorecer sus propias aplicaciones, en este caso Apple Music en perjuicio de sus rivales. Ha habido otras disputas operativas: Netflix ya no permite a los usuarios suscribirse a su servicio a través de su aplicación en IoS para evitar que Apple le cobre una comisión mensual por cada suscripción. También Amazon boicotea la tienda por motivos económicos: su aplicación Kindle permite leer pero no comprar e-books.

El contexto parece, por primera vez, favorable a los demandantes, pero estos reclaman más: que Apple ofrezca reembolsos parciales a los usuarios por sus compras de aplicaciones desde la aparición del iPhone en 2007. No hace falta decir que Apple se niega de plano. Además, solicitan que se obligue a la compañía a permitir métodos alternativos de compra.

Este último  requerimiento es el más peliagudo, puesto que supone un ataque directo a la fuente de ingresos en la que Apple pone ahora mismo sus expectativas. Para compensar la caída en las ventas del iPhone, se ha centrado en reforzar su rama de servicios, que ya representa el 14% de sus ingresos totales. Está lejos de la recaudación del producto estrella (63%) pero bastante por encima del iPad y del Mac. En el año fiscal 2018, los servicios fueron la categoría que más creció, un 24%.

Como es fácil suponer, Apple rechaza categóricamente que se la califique de monopolista por su control de la App Store. Afronta la batalla de las relaciones públicas – que no deja de tener influencia en los tribunales – presentándose como uno de los mayores creadores de empleo en Estados Unidos, ya que las empresas que desarrollan software para venderlo en su tienda dan trabajo a un enorme número de personas.

No hay que menoscabar la dimensión del asunto. En este momento, hay más de 2 millones de aplicaciones catalogadas en la App Store, publicadas por medio millón de desarrolladores. Según la declaración ante el tribunal, sólo en 2017 Apple pagó más de 26.000 millones de dólares a esta masa de desarrolladores que, hace notar, no están en absoluto limitados, porque tienen a su alcance plataformas para comercializar su software bajo otros sistemas operativos.

Los abogados de Apple han jugado a fondo la carta de la protección del usuario. Con esto justifican el bloqueo de ciertas aplicaciones de control parental o que limitan el tiempo de uso del iPhone, a las que acusa de recopilar datos excesivos sobre los usuarios. No obstante, siempre queda una sospecha: el bloque sólo se hizo efectivo después de que Apple sacara al mercado su propia herramienta para cumplir esas funciones.

Algunos analistas han encontrado reminiscencias de las demandas contra Microsoft por empaquetar su navegador Explorer junto a Windows con el propósito de marginar a Netscape. El parangón es discutible, pero no hay duda de que Microsoft no podía prohibir la instalación de Netscape en Windows, mientras que Apple sí puede expulsar una aplicación de la App Store sin dar explicaciones.

Gigantes como Google, Facebook o Amazon han afrontado denuncias por monopolio (algunas de ellas en curso) en sus respectivos campos. Sin ir más lejos, el año pasado la Unión Europea multó a Google en 4.340 millones de euros por reforzar deliberadamente la posición dominante de su buscador y de Chrome en Android. Apple no se vería afectada por una consideración semejante al tener menos de la mitad del mercado de smartphones en Estados Unidos. Lo que ha hecho el Tribunal Supremo es eliminar un impedimiento para que los usuarios de una plataforma digital puedan interponer demandas por monopolio.

De momento, la demanda vuelve a un tribunal federal que tendrá que admitirla y juzgarla. La nueva situación podría inducir más demandas en el futuro, no sólo contra Apple sino eventualmente contra cualquier servicio que sirva como agregador de contenidos de terceros y sea susceptible de denuncia por abuso de posición dominante.

En todo caso, aunque la decisión por el Tribunal Supremo no se pronuncia sobre la cuestión de fondo, marca una tendencia. Con una circunstancia de interés adicional: el juez Kavanaugh, cuya nominación por Donald Trump provocó una sonada polémica en 2018, se ha estrenado como ponente tomando partido por los cuatro jueces progresistas del alto tribunal, de modo que la sentencia se aprobó por cinco votos a cuatro.

[informe de Pablo G. Bejerano]


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